Aunque puedan parecerles evidentes, no estará de más tenerlos en cuenta:
- Todos los profesionales de una asesoría deben seguir un mismo criterio para ordenar, redactar y presentar los documentos.
- La forma de redactar depende también de algunos factores circunstanciales: el tipo de escrito, el destinatario, la utilidad del documento, etc. Por ejemplo, no debemos redactar igual una carta, que un contrato, un informe o un recurso.
- Debe prestarse atención a los signos de puntuación (pueden cambiar el sentido de la frase).
- El estilo debe ser claro e inteligible.
- No hay que repetirse, ni enrollarse. Es mejor ser directos.
- La estructura del texto debe ser lógica. Por ejemplo:
- Empezar con un esquema del contenido a incluir.
- Continuar por los antecedentes de hecho.
- Incluir los fundamentos legales.
Conclusión
- Dentro de cada apartado deberemos buscar la coherencia interna. Por ejemplo, si dejamos a un lado una idea, es mejor no volver a ella sin motivo. El ir y venir a través de un texto despista.
- Las frases no han de ser muy largas, ni los párrafos demasiado densos.
- Si queremos emplear negritas, éstas deben servir para remarcar las ideas fundamentales. El saber hacer un buen uso de las mismas es un arte: quien lo domina es capaz de resaltar las palabras esenciales para entender el texto completo. Sin embargo, si no somos unos artistas, es mejor que no abusemos de esta técnica.
- También es un arte saber dar el título correcto a un texto, un artículo, una cláusula, etc. Debe ser lo suficientemente elocuente como para poder permitir una rápida identificación de su contenido.
- Aunque parezca evidente, las frases deben tener como mínimo sujeto y verbo. A menudo, son tan largas que provocan la desaparición de alguno de estos elementos.
- Cuidado con la ortografía. Las faltas dan mala imagen.
- Una vez escrito el texto, léanlo en voz alta. ¿Lo ha entendido? ¿Sí? Es un buen comienzo.
Fórmulas de cobertura
Como broche final, les recordamos la conveniencia de iniciar sus notas, informes o dictámenes con fórmulas de cobertura. Puesto que en Derecho no hay verdades absolutas, es mejor «cubrirse», respetando otras posibles opiniones. Un ejemplo de cláusula de cobertura podría ser: «Nuestra opinión, salvo otra mejor fundada en Derecho, es (…)»