Concepto
Al existir infinidad de ordenadores conectados a la Red, resulta imprescindible arbitrar un sistema que permita reconocer e individualizar cada máquina que esté en conexión. Para poder transmitir la información de un ordenador a otro es necesario que exista una dirección unívoca para transferir los datos.
En un principio, las direcciones de los ordenadores conectados se hacían a través de direcciones que funcionaban a modo de números de teléfono. Pero como los números no son fáciles de recordar, aparecieron los llamados nombres de dominio que nacieron con la tarea de identificar un directorio en la Red. Cualquier persona que desee estar de forma activa en la Red precisa de un domicilio, una dirección que sea identificable desde cualquier ordenador. Además, es necesario que cada agente tenga una dirección única, es decir, que sean nombres unívocos.
Relevancia
Debido a que los usuarios de Internet pueden tener dificultad para acceder a las direcciones o incluso puede que les sea imposible llegar a una dirección concreta sin conocer el nombre de dominio, las empresas frecuentemente registran el dominio de Internet con su propio nombre o con el nombre de las marcas con las que son conocidas en el mercado. Por lo tanto, tener un nombre de dominio conocido o deducible es de vital importancia para las compañías que quieren desarrollar su actividad en Internet.
Independientemente de cual sea el dominio o los dominios registrados por las empresas, el hecho es que los mismos no confieren ningún derecho que no sea el de su utilización a efectos de direccionamiento en Internet. Ahora bien, en la práctica, dada la dimensión global de Internet, lo cierto es que los dominios pueden llegar a adquirir una relevancia incluso mayor a la de las marcas.
Tipos de dominio
Existen en la actualidad diversos tipos de dominios. Hay que destacar principalmente los dominios genéricos (.com, .org, .net), de ámbito internacional, de los dominios territoriales (.es, .fr, .it, …), de ámbito nacional.
Los dominios genéricos están gestionados por la organización supranacional Internet Corporation for Assigned Names and Numbers (ICANN) y se rigen por el principio «First come, first served» (el primero que lo solicita es a quien se le asigna).
Los dominios territoriales están gestionados, en cambio, por cada uno de los países y se hallan regulados por normas mucho más restrictivas, que implican un control previo que consiste en comprobar que el signo que compone el dominio coincide con la denominación social de la empresa o con un acrónimo habitualmente utilizado por la misma o con una marca, registrados en la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Legislación consolidada
Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.
Publicado en: «BOE» núm. 114, de 10/05/2014.
Entrada en vigor: 11/05/2014
Departamento: Jefatura del Estado
Referencia: BOE-A-2014-4950
Permalink ELI: https://www.boe.es/eli/es/l/2014/05/09/9/con
(Última actualización publicada el 25/10/2021)
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2014-4950
Dominios territoriales
Existen más de 250 dominios territoriales, cada uno de ellos relacionados con un país distinto. Para cada extensión existe una normativa y unas tasas de registro distintas impuestas por cada país. Ahora bien, algunos registros territoriales no requieren que el titular esté establecido en el país de registro, como es el caso de los siguientes países:
.ac Isla Ascensión
.as Samoa Americana
.at Austria
.cc Islas Cocos
.ch Suiza
.co.il Israel
.co.uk Reino Unido
.com.mx México
.dk Dinamarca
.fm Estado Federal de Micronesia
.gs Georgia del Sur
.la Laos
.li Liechtenstein
.lu Luxemburgo
.ph Filipinas
.st Santo Tome y Príncipe
.tf Territorios Franceses del Sur
.to Tonga
.tv Tuvalu
.vg Islas Vírgenes Británicas
.ws Samoa Occidental
Dominios genéricos
Las primeras extensiones de dominios genéricos, y las más utilizadas, son: .com, .net, .org. Inicialmente orientadas al comercio (.com), a las redes (.net) y organizaciones (.org) hoy en día no tienen, al igual que el resto de extensiones genéricas, ningún requisito para su concesión y cualquiera puede solicitarlas. Para evitar que su nombre sea utilizado en Internet por terceras personas, se suele registrar normalmente al menos un dominio con una de estas tres extensiones, aunque sólo se vaya a hacer uso de uno de ellos inicialmente.
Además de las citadas, existen extensiones genéricas de más reciente aparición como .info y .biz. Los dominios .biz (diminutivo de business, negocio en inglés) están pensados especialmente para empresas, negocios, comercios y, en general, cualquier sitio web dedicado a estos temas. Los dominios .info están pensados especialmente para quienes desean alcanzar un público amplio al que ofrecer información sobre sí mismos o su empresa u organización, sus productos, ideas, novedades…
El registro de estos dominios está completamente abierto (de forma similar a los dominios .com), por lo que cualquiera puede registrar su nombre con estos sufijos.
Conflictos entre marcas y dominios
El número de personas dedicadas a especular con el nombre de los dominios es cada vez mayor. El especulador, con la posibilidad de vender el dominio a un competidor, registra marcas conocidas bajo el nombre de dominio .com, .net o .org. El dominio registrado es utilizado en algunos casos para hacer públicos productos de empresas competidoras o para establecer comparaciones de precios entre los productos del titular de la marca y otros de terceros. Pero el riesgo más grande es la posible utilización del dominio para suplantar la identidad del titular de la marca en ofertas fraudulentas.
En otros casos el especulador, cuando encuentra los nombres de dominio registrados, solicita otro dominio formado por la marca y otra palabra añadida al principio y al final, o bien otro nombre con similitud fonética (p.e.: Yaju.com en el caso de Yahoo.com).
Es imposible y altamente costoso prever y registrar todas las combinaciones de una marca con otras palabras o con guiones. También resulta muy difícil bloquear un nombre de dominio a nivel mundial dada la diversidad de registros territoriales existentes. Así pues, parece que los conflictos entre marcas y dominios de Internet son inevitables.
Conflictos más frecuentes
Aunque existen diversos tipos de conflictos entre dominios y marcas, los más frecuentes son los que consisten en la apropiación indebida mediante el registro de dominios de signos distintivos de terceros protegidos legalmente por marcas registradas.
Tales conflictos pueden resolverse mediante los correspondientes procedimientos judiciales o bien, para los dominios genéricos registrados de forma abusiva, a través de un procedimiento denominado «política uniforme de solución de controversias en materia de nombres de dominio», adoptado por ICANN con el que se obtiene una resolución en un plazo extremadamente rápido (35 días).
Si la mencionada resolución da la razón al titular de la marca, ICANN procede a la anulación del dominio registrado de mala fe, salvo que su titular acredite haber interpuesto la correspondiente acción judicial dentro del plazo de los 10 días siguientes a la recepción de la resolución.
Otro tipo de conflictos de más difícil solución son los que pueden surgir entre un dominio registrado por el titular de una marca nacional que es idéntica a otra marca registrada para productos o servicios totalmente distintos, dado que en materia de dominios no existe la especialidad propia del sistema de marcas, en la que las mismas se confieren para distinguir determinados productos o servicios.
Finalmente, pueden producirse conflictos en el registro de dominios distintos en el caso de que los nombres de los respectivos solicitantes coincidan, es decir, tendrían el mismo derecho al dominio empresas constituidas en diferentes países con denominaciones idénticas.
Teniendo en cuenta que no es posible registrar todos los dominios existentes (además de los distintos dominios genéricos, hay 250 dominios territoriales), es conveniente que las empresas protejan sus marcas a nivel nacional e internacional para poder disponer de un derecho preferente que les permita defender en Internet el derecho al signo que constituya tales marcas ante los dominios que puedan infringirlas.